Estimados compañeros.
Os adjunto estas intrucciones para saber como proceder en caso de accidente y necesitar la atenciónde la empresa de seguros.
De todas formas remitiré un correo a los socios federados, con el procedimiento completo.
Si teneis dudas, preguntad que se intentará aclaralas.
NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE
La asistencia médica garantizada en la Póliza será prestada por el Centro Médico
o facultativo concertado por MAPFRE SEGUROS GENERALES.
Para acceder a ella es imprescindible seguir los siguientes pasos:
1.- Poner en conocimiento de la compañía aseguradora el accidente, llamando al Centro de Atención 24 horas de MAPFRE, teléfono desde España 902 136 524 y desde el extranjero +34 902 136 524. El accidente debe ser comunicado inmediatamente después de su ocurrencia.
En la comunicación telefónica deberá facilitarse:
- Datos personales del lesionado (Ver parte de accidente)
- Fecha, lugar y forma de ocurrencia.
- Daños físicos.
Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención de MAPFRE facilitará el nº de expediente, que deberá ser anotado en el encabezamiento del parte.
2.- El parte cumplimentado y con el número de expediente, se remitirá posteriormente a Corredores Técnicos de Seguros por fax al 952 602 608 o por correo electrónico a
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.
3.- El federado lesionado debe acudir al Centro Médico Concertado aportando el "Parte de Comunicación de Accidentes" debidamente cumplimentado. (Es imprescindible para recibir asistencia que en el parte conste el número de expediente)
4.- En los casos de URGENCIA VITAL el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. MAPFRE SEGUROS GENERALES se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente.
Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado a Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento.
En caso de permanencia en centro médico NO CONCERTADO, MAPFRE SEGUROS GENERALES no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.
ATENCIÓN SANITARIA EN ACCIDENTES OCURRIDOS DURANTE DESPLAZAMIENTOS
Existe una relación de Centros Concertados a los que el federado lesionado puede acudir a recibir asistencia sanitaria en casos de desplazamiento. Se acompaña a estas Normas relación de Centros Médicos concertados.
AUTORIZACIONES
Necesitarán autorización previa de la compañía las siguientes pruebas y tratamientos:
- Pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias y similares)
- Intervenciones Quirúrgicas.
- Rehabilitación.
En estos casos el médico o Centro Médico concertado solicitará a MAPFRE SEGUROS GENERALES dicha autorización al fax n° 91 1 700 30 73. A dicha autorización se ha de acompañar copia de informe médico detallado, facilitándose, también por fax, la correspondiente autorización o denegación de la prueba o tratamiento solicitado.
Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por
cuenta del asegurado.
Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a MAPFRE SEGUROS GENERALES el informe
del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente.